Desgraciadamente la memoria colectiva peruana es muy frágil y ahora ya nadie recuerda lo que fue el Gobierno de Alejandro Toledo, ya nadie recuerda su entreguismo económico incondicional, las firmas falsas con las que inscribió su partido dlito por el que fue denunciado penalmente y que se encuentra convenientemente estancado, la corrupción escandalosa que involucró a muchos miembros de su familia directa, su inmoralidad flagarante de negarse a reconocer a su hija, sus costumbre libertinas (mujeres, alcohol y drogas), despilfarro del presupuesto para solventar sus diversiones y el de su entorno.
Pues, contra este Presidente se levantaron en Andahuaylas un grupo de reservistas del ejército; cabe aclarar que si bien es cierto, en este levantamiento murieron cuatro policías y dos reservistas, estas muertes no se debieron a un enfrentamiento armado, sino a la mano de francotiradores del ejército apostados en el cerro Huayhuaca, comandados por el General EP José Williams Zapata -implicado en la masacre de Accomarca-como así lo demuestran los protocolos de Necropsia de las referidas víctiimas, en donde se consigna, que el trayecto de las balas que les dieron muerte, es de atrás para adelantey de arriba hacia abajo, lo cual sería imposible en fuego cruzado. Práctica usual en los levantamientos populares, recordemos el incendio del Banco de la Nación en el que murieron seis vigilantes producto del incendio provocado intencionalmente por las fuerzas del orden, para responsabilizar a los manifestantes de los cuatro suyos.
Por este proceso han sido juzgados y sentenciados además de Antauro Humala, 26 reservistas que no aceptaron acogerse al proceso de conclusión anticipada, porque no aceptaron de ninguna manera el cargo de secuestro, cuyo tipo legal en el Perú es tan abierto que no incluye el movil de lucro, lo que permite ser utilizado para criminalizar la protesta popular, como tambien se ha visto en el Moqueguazo.
Los reservistas han sido sentenciados en penas que oscilan de los cuatro a dieciseis años, casi sin beneficios penitenciarios; sin embargo el juicio tiene un error fundamental en su esencia que es la calificación jurídica del hecho fundamental como Rebelión, cuando debería ser Sedición, lo que disminuiría el máximo de la pena de 20 a 10 años.
En mi calidad de abogada de los reservistas explico en un artículo adjunto, porque el levantamiento de Andahuaylas, legalmente debió ser calificado como Sedición y no Rebelión. Si bien es cierto la diferencia parecería muy sútil en verdad es fundamental desde el punto de vista político y jurídico.
Cordialmente,
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